Quien paga la plusvalia el usufructuario o el nudo propietario
El interés del usufructo
En ediciones anteriores ya hemos escrito sobre la valoración del usufructo cuando se adquiere un inmueble, pero últimamente también se ha informado sobre la comprobación de la valoración del usufructo cuando se revende. Sin embargo, hasta ahora, la jurisprudencia ha seguido el punto de vista del contribuyente.
Las autoridades fiscales quieren más paridad entre el usufructuario y el nudo propietarioEn este caso está claro que el nudo propietario salió ganando, ya que después de sólo cinco años se llevó la parte del león (más de la mitad) mientras que sólo soportó una cuarta parte de las inversiones. Evidentemente, esto plantea interrogantes, sobre todo para las autoridades fiscales. El funcionario inspector había solicitado el asesoramiento del Registro de la Propiedad, que a su vez valoró el usufructo en la cantidad (aún más baja) de 224.521,00 euros. No obstante, el funcionario inspector seguía sin estar satisfecho y buscó otros ángulos para expresar sus preocupaciones.El funcionario inspector calculó el usufructo para su duración restante como [(precio de venta plena propiedad) x porcentaje de usufructo/plena propiedad en el establecimiento inicial del usufructo x duración restante del usufructo/duración inicial del usufructo. El valor residual de las obras de acabado y amueblamiento se dedujo primero del precio de venta antes de realizar este reparto. Quedan por responder dos cuestiones:1) ¿se trata del valor residual contable o económico
Usufructo
La nuda propiedad es una alternativa cada vez más popular, especialmente para las personas mayores que desean vender su propiedad y seguir viviendo en ella mientras cubren sus gastos de atención hasta el final de sus vidas. La nuda propiedad permite al vendedor recibir un pago extra para vivir más cómodamente. Esta opción puede ser especialmente interesante para las personas que tienen una escasa pensión de jubilación y al mismo tiempo son propietarios de su vivienda.
-El vendedor tiene el usufructo de la casa, por lo que puede seguir viviendo en ella y también alquilarla hasta el momento del fallecimiento. Si, por ejemplo, la persona necesita ingresar en una residencia de ancianos, podría alquilar la vivienda y compensar los gastos de la residencia.
El comprador adquiere la vivienda a un precio inferior al valor de mercado, lo que la convierte en una buena inversión a medio/largo plazo, ya que la propiedad se habrá revalorizado al final del usufructo. Además, es una forma de invertir en una propiedad mediante pagos mensuales o regulares, en lugar de tener que aportar una suma global o exigir un gran depósito.
Comentarios
Además de la compra o venta de propiedades inmobiliarias en Andalucía, C&D Solicitors en Málaga también asiste en el cambio de copropiedad, la donación (donación) y las cuestiones de usufructo. Esto, por ejemplo, se puede hacer:
Las escrituras para estos cambios de propiedad necesitan ser firmadas en el notario en España y su abogado puede arreglarlo a través de un poder. Dependiendo del tipo de escritura, el abogado pagará los impuestos y se encargará de los cambios en el Registro de la Propiedad (Nota Simple) y en los registros del Catastro. También puede ser necesario que ajuste el titular de los contratos de servicios o, por ejemplo, las escrituras hipotecarias españolas. Su abogado puede negociar en su nombre con el banco para este cambio.
Los cambios de (co)propiedad se refieren en su mayoría a un porcentaje de la propiedad total del inmueble. Sin embargo, también puede referirse específicamente al usufructo o a la nuda propiedad. Consulte el último párrafo para obtener más información sobre el usufructo y las obligaciones fiscales relacionadas en España.
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La nuda propiedad de un inmueble es el derecho por el cual el propietario del inmueble tiene la propiedad, pero no tiene el derecho de usufructo sobre el mismo. Por lo tanto, el nudo propietario de una vivienda no puede disfrutar plenamente de la misma hasta que se extinga el derecho de usufructo (por fallecimiento del actual propietario / de la Persona Mayor), momento en el que se convertirá en el pleno propietario de la vivienda.
La Venta de la nuda propiedad consiste en que el propietario de un inmueble (Persona Mayor) transfiere la propiedad de su casa a cambio del pago de una cantidad global y al mismo tiempo se reserva el derecho a seguir utilizando su casa mientras viva.
Para calcular las condiciones económicas de la operación se tienen en cuenta numerosos factores y parámetros actuariales, inmobiliarios y financieros, siendo los principales el valor de mercado de la vivienda y la esperanza de vida de los beneficiarios, siguiendo las tablas oficiales de la Dirección General de Seguros y del Instituto Nacional de Estadística.