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Los contratos son indefinidos, a tiempo completo o parcial (básicamente un contrato completo), o pueden ser temporales. Los temporales sólo se pueden renovar dos veces después del primero (por tanto, dos renovaciones) o un máximo de 1 año, pero en total, alguien no puede estar con un contrato temporal más de un año.
El pago debe hacerse por transferencia bancaria y el empleador debe deducir de su salario las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social, siempre que superen el salario mínimo anual, que es de unos 640 euros al mes. Estas cotizaciones se calculan como un porcentaje de sus ingresos imponibles. El empresario enviará sus cotizaciones a la Seguridad Social.
Su salario también está sujeto al impuesto sobre la renta de las personas físicas en España. El empresario deducirá mensualmente de su salario las cantidades que le correspondan y las remitirá a la Agencia Tributaria. La cantidad a deducir dependerá de su nivel de ingresos.
Deberá recibir una nómina cada vez que le paguen en la que figuren las retenciones practicadas y conservarla. Si le pagan en efectivo, le recomendamos que conserve los recibos que firma (que debe firmar cuando paga en efectivo). Es necesario que conserve alguna prueba del pago en el caso improbable de que surjan problemas en el futuro.
Nota: Los sistemas de seguridad social de la República Federal de Alemania (RFA) y de la República Democrática Alemana (RDA) se fusionaron en 1992. A lo largo del perfil, las disposiciones particulares que están en vigor en los estados federales de la antigua RDA van precedidas de la designación “E” (Este).
Seguros sociales: Los trabajadores por cuenta ajena, incluidos los aprendices, y en determinadas condiciones los trabajadores por cuenta propia; el personal militar; los cuidadores; y los beneficiarios de prestaciones de desempleo, enfermedad y otras.
Pensión de vejez (Altersrente, seguro social): 65 años y 7 meses (aumento progresivo de un mes al año hasta 2023 y luego de dos meses al año hasta alcanzar los 67 años en 2029) con un mínimo de cinco años de cotización.
63 años y 6 meses (aumento gradual de dos meses al año hasta alcanzar los 65 años en 2029) con un mínimo de 45 años de cotización, o 63 años y 9 meses (aumento gradual de un mes al año hasta 2021 y luego de dos meses al año hasta alcanzar los 65 años en 2029) con un mínimo de 35 años de cotización y un grado de discapacidad evaluado en un 50%.
28/05/2020.- La nómina en España: Contratar y compensar a los empleados es una de las partes más complicadas en el proceso de establecer operaciones en un nuevo país. Aunque las empresas tienen mucho que ganar al establecer operaciones en España, la nómina en España no es fácil. Con una normativa complicada y a menudo cambiante, puede ser especialmente difícil para los empresarios de nuestro país entender dichas políticas y reflejarlas con precisión en las nóminas de los empleados.
El objetivo de este artículo es ofrecer una visión general de los aspectos más importantes de la legislación laboral española. Nuestro objetivo es que los empresarios se familiaricen con las principales características de la nómina en España.
Los empresarios en España están obligados a pagar a sus trabajadores en 12 mensualidades. En la mayoría de los convenios colectivos, existen además dos pagas extras, normalmente en julio y diciembre. Las pagas extras se prorratean y se incluyen en las nóminas mensuales a través de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Cuando un empleado está enfermo entre uno y tres días, no recibe ninguna compensación por esos días perdidos. Sin embargo, cuando un empleado está de baja de 4 a 15 días, el empresario debe pagar el 60% del salario por cada día. En el caso de bajas por enfermedad más largas, el Instituto Nacional de la Seguridad Social español se hace cargo de los pagos, pagando el 60 por ciento hasta 20 días, y el 75 por ciento durante 21 días hasta el periodo máximo de baja (18 meses). Los empresarios pueden tener que completar hasta el 100 por cien (dependiendo del convenio colectivo correspondiente).
Las prestaciones en especie consisten en satisfacer las necesidades privadas de los trabajadores de forma gratuita -o por menos- que los precios de mercado. En general, las prestaciones en especie no son habituales en España, aunque las cosas están cambiando rápidamente. Esto afecta sobre todo a los expatriados destinados a trabajar en España. Este nuevo informe de ASEC revela las reglas básicas.
La valoración de este salario en especie (sujeto a impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social) dependerá de si:- El empleador es el propietario del apartamento/casa- El empleador alquila el apartamento/casa al empleado
– El coche es comprado por el empresario para entregárselo al empleado – Sólo el empleado utiliza el coche – El coche es alquilado por el empresario o el empresario contrata un coche de alquiler – Todos los gastos anuales en los que se incurra, como seguros, reparaciones, impuestos de circulación, etc., se considerarán una prestación en especie si los paga el empresario.
Se trata de un salario en especie (no sujeto a impuestos pero sí a cotizaciones a la seguridad social) si se cumplen las siguientes condiciones: – Los tickets de comida no pueden utilizarse en días laborables en los que los empleados reciban dietas por comidas fuera del trabajo – El importe máximo diario (no sujeto a impuestos) es de 9 euros – Los tickets de comida no son transferibles. – El valor de los tickets de comida no utilizados no puede sumarse a otros días- Ni la empresa ni un tercero pueden reembolsar los tickets de comida- Los tickets de comida sólo pueden utilizarse en hoteles y establecimientos de restauración- La empresa que entrega los tickets de comida debe llevar un registro de los mismos.